La Audiencia Nacional de España, decretó una multa de 23 millones de euros en contra del FC Barcelona por eludir impuestos a través de los pagos a los agentes de los futbolistas, durante el periodo entre 2012 y 2015.
El documento de sentencia, respalda la decisión previa del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) emitida en 2020, que sancionó al club por no abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente.
Según la resolución judicial, Barcelona empleó métodos con el propósito de eludir impuestos, buscando obtener ventajas fiscales que no se ajustaban a la verdadera naturaleza de las transacciones.
Se señala que el club simuló retribuir a los agentes por servicios que no existían, cuando en realidad se estaba abonando parte de la retribución al jugador por los servicios prestados al club, generando implicaciones tributarias.
En consecuencia, el FC Barcelona deberá abonar la multa establecida como consecuencia de estas prácticas fiscales cuestionadas, subrayando la importancia de la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el ámbito deportivo.
La versión del Barcelona tras la sentencia
Mediante un comunicado oficial, el cuadro catalán señaló: “Sorprende que esta sección del Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional no haya tenido en cuenta la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo al respecto, y por la que se han podido beneficiar otros clubes de fútbol en sentencias recientes por la misma problemática”.
“También sorprende el divergente criterio de la Audiencia Nacional cuando hace pocos meses otra sección estimó un recurso de nuestro club en un tema idéntico al actual que derivaba de la misma inspección en relación con el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes”, agregaron desde el conjunto azulgrana.
“Esta sentencia no comporta por el momento ninguna obligación de pago para el Club, estando esta contingencia debidamente provisionada en las cuentas anuales”, concluyeron en Barcelona, avisando que presentarán un recurso de apelación al Tribunal Supremo.