La Comisión Disciplinaria de la FIFA entregó un documento con los argumentos que tuvo para rechazar el reclamo de la Federación Chinela de Fútbol (ANFP) por las supuestas irregularidades en torno a la inscripción de Byron Castillo para jugar con la Selección de Ecuador.
Entre los aspectos que destaca en el informe , cita que una serie de documentos publicados por el abogado de la parte chilena, Eduardo Carlezzo, en torno al vínculo del defensor de Ecuador con la ciudad de Tumaco, en Colombia, fueron presentados de manera tardía.
La Comisión Disciplinaria de FIFA desechó esos documentos argumentando que “no respaldaba en absoluto el reclamo de la federación chilena ni permitía concluir que Castillo nació en Tumaco, sino que sólo probaban que los padres del lateral y su familia habían estado viviendo en dicha ciudad“.
Un argumento que también se extendió al momento de ponderar los certificados de nacimiento distintos de Byron Castillo. Si bien considera “sospechoso” el tema, declaró que “no son suficientes per se” que se refieren al mismo defensor ni que tampoco prueban que el certificado del jugador haya sido falsificado.
Tampoco dio demasiada importancia a otro de los argumentos fuertes de Eduardo Carlezzo: el hecho que la Federación Ecuatoriana de Fútbol haya pedido antecedentes del tema al Registro Civil de Ecuador y que establecía la opción de una posible adulteración del certificado de nacimiento en 2018 al exisitir las huellas de Byron Castillo en el Registro Civil de Colombia.
“La Comisión desea señalar que la citada información procedente de las autoridades colombianas no sería en ningún caso suficiente para corroborar a su razonable satisfacción las afirmaciones de la ANFP, en la medida en que no confirma i) que la persona referida en Colombia sea efectivamente el Jugador, ii) que el Jugador haya nacido efectivamente en Colombia (y no en Ecuador), ni iii) que el Jugador deba ser considerado colombiano”, establece el fallo.
Las conclusiones de FIFA por el caso Byron Castillo
La Comisión Disciplinaria plantea que con el hecho de que dos tribunales distintos en Ecuador hayan validado la nacionalidad del defensor basta para evitar cualquier tipo de sanción, apuntando al respeto de la justicia estatal nacional en torno al tema,
“En consecuencia, la Comisión está sujeta a la valoración llevada a cabo por el tribunal ecuatoriano sobre las cuestiones relativas a la identidad (y la nacionalidad) de uno de sus ciudadanos, el Jugador“, sostiene el texto, complementando el hecho de que las mismas autoridades le han otorgado pasaporte internacional.
“La Comisión consideró que la ANFP no satisfizo su carga probatoria a fin de demostrar que i) los documentos relacionados con la nacionalidad ecuatoriana del Jugador habían sido falsificados, y ii) que el Jugador no era elegible para jugar con el equipo representativo de Ecuador”, sostiene el escrito.
Es decir, que más allá de algunas posibles dudas, no existen motivos de su parte para concluir que hay falsificación de documentos, por lo que Ecuador perfectamente podía elegirlo para defender al país en las clasificatorias al Mundial de Catar. Con ello, justifica el que no haya resta de puntos para los del Guayas. Dependerá ahora de lo que pueda hacer la ANFP con todos estos elementos para plantear o no una apelación al fallo.